/Castilla - La Mancha
STE-CLM Intersindical ha ganado una sentencia contra el bloqueo de plazas del Concurso General de Traslados del curso 2014/2015. El juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de Toledo ha fallado a favor del recurso interpuesto por STE-CLM. En la sentencia se considera este bloqueo como una flagrante vulneración del derecho constitucional al acceso a puestos públicos bajo el principio de igualdad.
La Consejería de Educación bloqueó en 2014 indiscriminada y unilateralmente todas las plazas de Apoyo al Área de Lengua y Ciencias Sociales y Apoyo al Área de Ciencias o Tecnología (Secundaria); todas las plazas de Servicios a la Comunidad de FP en Unidades de Orientación; y además, 39 plazas de Secundaria que fueron reservadas para ofertarlas con perfil lingüístico.
Desde hace unos años STE viene asistiendo a una desvirtuación del Concurso de Traslados por parte de la Administración. Como consecuencia de los brutales recortes de las plantillas se suprimieron plazas y se desplazó a muchos compañeros. Ante esta situación, la forma chapucera de proceder fue bloquear plazas de profesores de secundaria y profesores técnicos de FP, solo así podrían intentar "recolocar" a este profesorado en otras plazas temporalmente. Las plantillas de los centros han perdido toda estabilidad y los trabajadores y trabajadoras viven en una situación de incertidumbre continua en cuanto a nuestro futuro laboral.
Desde hace unos años STE viene asistiendo a una desvirtuación del Concurso de Traslados por parte de la Administración. Como consecuencia de los brutales recortes de las plantillas se suprimieron plazas y se desplazó a muchos compañeros. Ante esta situación, la forma chapucera de proceder fue bloquear plazas de profesores de secundaria y profesores técnicos de FP, solo así podrían intentar "recolocar" a este profesorado en otras plazas temporalmente. Las plantillas de los centros han perdido toda estabilidad y los trabajadores y trabajadoras viven en una situación de incertidumbre continua en cuanto a nuestro futuro laboral.
"Hemos perdido el derecho a la movilidad, que se ha sustituido por la movilidad forzosa, con cientos de suprimidos y desplazados que ocupan puestos provisionales cada año" han afirmado desde la plataforma.
A esto hay que sumar las plazas que se han bloqueado porque se reservan para ofertarlas en los cursos siguientes con perfil lingüístico, lo que va a suponer limitar aún más la movilidad del profesorado que no tenga la acreditación lingüística.
A esto hay que sumar las plazas que se han bloqueado porque se reservan para ofertarlas en los cursos siguientes con perfil lingüístico, lo que va a suponer limitar aún más la movilidad del profesorado que no tenga la acreditación lingüística.
En la Resolución recurrida se argumenta por parte de la Consejería, como justificación del bloqueo, lo establecido en el Real Decreto-Ley 14/2012, de 20 de abril, de Medidas Urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, haciendo también mención al Decreto por el que se regula el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria en Castilla-La Mancha.
Pero la sentencia establece que esto no justifica la exclusión de plazas del concurso de traslados, al haber comprobado que la mayoría de las plazas que se detrajeron del concurso, se ocuparon el curso siguiente, por comisiones de servicio, concursillo, expectativa de destino o interinos, es decir, eran plazas necesarias para el funcionamiento de los centros. El juzgado considera esto una flagrante vulneración del derecho constitucional al acceso a puestos públicos bajo el principio de igualdad, garantizado en el artículo 23.2 de la Constitución española.
Pero la sentencia establece que esto no justifica la exclusión de plazas del concurso de traslados, al haber comprobado que la mayoría de las plazas que se detrajeron del concurso, se ocuparon el curso siguiente, por comisiones de servicio, concursillo, expectativa de destino o interinos, es decir, eran plazas necesarias para el funcionamiento de los centros. El juzgado considera esto una flagrante vulneración del derecho constitucional al acceso a puestos públicos bajo el principio de igualdad, garantizado en el artículo 23.2 de la Constitución española.
Según STE - CLM"Por lo tanto, no es de recibo que, si la Administración elimina determinadas plazas de un Concurso de traslados, arguyendo que esta medida obedece a restricciones presupuestarias para reducir el gasto público, esas plazas sean ocupadas el curso siguiente, dado que el coste para la Administración es el mismo, pero elimnando con ello derechos de los trabajadores y trabajadora"
La sentencia no es firme aún, sino que cabe presentar recurso de apelación, ante lo cual STE-CLM pide a la Consejería que asuma lo establecido por el juzgado, respete los derechos del profesorado, y proceda a la ejecución de dicha sentencia para que los profesores y profesoras de Castilla-La Mancha no sean ninguneados y les sean reconocidos sus derechos como funcionarios de carrera. Con ello se estará apostando por la estabilidad de la plantilla que es una variable imprescindible para la mejora de la educación.

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